Redacción. La Junta de Andalucía ha aprobado esta semana medidas extraordinarias de apoyo financiero y tributario a familias, pymes y autónomos para luchar contra los efectos económicos de la situación creada con el COVID-19, recogidas en el Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, y publicado en BOJA de 17 de marzo de 2020. Para facilitar la información al ciudadano, la Consejería de Hacienda, Industria y Energía ha elaborado un análisis del impacto de estas decisiones en las obligaciones tributarias y deudas de derecho público que se resume en los siguientes puntos.
1. Los plazos de presentación y pago de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) se amplían 3 meses, siempre que el plazo de presentación y pago estuviese previsto entre el 17 de marzo y el 30 de mayo de 2020.
2. Los plazos de presentación y pago de autoliquidaciones del resto de tributos propios cuyo vencimiento se produzca durante la vigencia del estado de alarma se prorrogarán un mes, hasta el mismo día del mes siguiente a su vencimiento.
3. Los plazos de pago de las deudas de Derecho Público no tributarias, por ejemplo, sanciones no tributarias, reintegros de subvenciones, etc, derivadas de liquidaciones cuyo vencimiento se produzca durante la vigencia del estado de alarma, en periodo voluntario o ejecutivo, se prorrogarán un mes, hasta el mismo día del mes siguiente a su vencimiento.
4. Los plazos de ingreso de las tasas por las máquinas que explota el sector de la hostelería cuyo vencimiento se produzca durante la vigencia del estado de alarma se prorrogarán hasta el mismo día del mes siguiente a su vencimiento. Esta medida afecta al primer trimestre de la tasa fiscal, cuyo plazo de ingreso es del 1 al 20 de marzo y que se amplía hasta el 20 de abril.
La adopción de estas medidas de aplazamiento en el cobro de impuestos por parte del Gobierno andaluz supone una inyección de liquidez en la economía andaluza de 270 millones de euros, lo que representa de facto un préstamo a corto plazo y sin intereses para familias, pymes y autónomos.
Puede acceder a toda la información relativa al decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, publicado en BOJA de 17 de marzo de 2020 a través del siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/508/1