La Línea inicia los trámites para la consulta sobre su conversión a ciudad autónoma

Redacción. El Ayuntamiento de La Línea de la Concepción (Cádiz) ha comenzado el procedimiento previsto de inicio de expediente para la celebración de una consulta popular tendente a la conversión del municipio en ciudad autónoma.

El acuerdo fue aprobado en el pleno de la Corporación municipal, celebrado el pasado 8 de julio, y tanto este acuerdo plenario como su Memoria Justificativa y una serie de anexos, justificativos del carácter singular del municipio, se han publicado en el tablón de edictos, la web municipal y se han remitido para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cadiz (BOP) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), sometiéndose a exposición pública durante 20 días hábiles, que comenzarán a contarse desde el día siguiente al de la publicación en el BOJA.

Asimismo, el Ayuntamiento ha explicado que, en dicho periodo, cualquier persona física o jurídica podrá examinar los documentos en la Secretaría General del Ayuntamiento, en horario de oficina, en el tablón electrónico de anuncios y edictos y en el Portal de Transparencia, efectuando las alegaciones que considere oportunas.


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Seis preceptos básicos

Además, el consistorio ha detallado que en la Memoria Justificativa se incluye la conveniencia de realizar esta consulta popular entre los ciudadanos de La Línea de la Concepción y que la petición de convocatoria se dirija a las Cortes Generales y al Gobierno, basando sus argumentos en seis preceptos básicos que conformarían la singularidad del municipio.

De esta forma, el acuerdo de inicio del procedimiento se someterá a información pública, por un espacio no inferior a 20 días hábiles, mediante la publicación de dicho acuerdo en el BOP y en el BOJA, comunicándose simultaneamente a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz para que, en plazo de 15 días hábiles, pueda también presentar alegaciones.

Posteriormente, el consistorio ha avanzado que el Pleno del Ayuntamiento ponderará las alegaciones presentadas y, si procede, acordará por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación la celebración de la consulta popular.

Si deniegan la celebración, podría interponer recurso contencioso-administrativo 

Dicho acuerdo, además, deberá contener los términos exactos de la pregunta objeto de la consulta, a fin de que el cuerpo electoral constituido por los vecinos del municipio con derecho de voto se pueda pronunciar en sentido afirmativo o negativo.

Por último, una vez acordada la celebración de la consulta, el Ayuntamiento «solicitará la autorización al Gobierno, siguiendo los trámites procedimentales que recoge la Ley 2/2001, de 3 de mayo, reguladora de las Consultas Populares Locales de Andalucía, culminando, si el Gobierno autoriza su celebración, con la convocatoria de la consulta».

No obstante, el consistorio ha avisado que «si el Gobierno denegara su celebración, el Ayuntamiento podría interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo en defensa de sus derechos e intereses legítimos, además de formular una petición formal, con el respaldo de la mayoría absoluta del Pleno municipal y/o con el resultado positivo de la consulta popular, si la hubiere, ante la Mesa del Congreso de los Diputados, la Mesa del Senado y el Gobierno, en la que se les trasladaría la voluntad del pueblo linense de constituirse en Ciudad Autónoma, de acuerdo con el art. 144/a de la Constitución Española».

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