Redacción. La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha dado un paso más en su objetivo de llevar a cabo una simplificación y racionalización administrativa y ha unificado las dos normativas que se encontraban vigentes relativas al marisqueo en inmersión en Andalucía.
En concreto, la Consejería ha unificado la regulación de la explotación de erizos y anémonas (ortiguillas) en el litoral andaluz y la relativa a la del longueirón en el litoral de la provincia de Huelva, dando como resultado un único texto con el que se modernizan los procedimientos de concesión y renovación de las licencias, así como se introducen criterios objetivos para su concesión, favoreciendo el acceso a la pesquería de personas jóvenes, mujeres o de personas con estudios superiores.
Con la unificación de las dos normas de marisqueo en inmersión de Andalucía se establece un período de renovación común. Además, también se establecen mejoras, como la sustitución de las licencias en equipo por licencias de carácter personal, garantizando así un acceso a la pesquería basado solo en criterios de valoración objetivos, solventando la problemática existente de la dependencia de los recolectores del titular de la licencia. Esta modificación permite el establecimiento de un sistema de gestión y control eficaz que asegure la explotación racional y responsable de los recursos marisqueros.
Para obtener una licencia de marisqueo en inmersión es necesario ser mayor de edad, estar en posesión de la titulación exigida para el ejercicio del buceo profesional, así como aportar el compromiso de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. El permiso tendrá una vigencia de dos años, coincidentes con años naturales, y podrá renovarse por períodos de la misma duración.
La normativa recoge también el máximo de licencias a otorgar. En el caso de la captura de erizos de mar y ortiguillas, este será de diez en la provincia de Granada, 20 en la provincia de Málaga y 12 licencias en la de Cádiz. Las capturas diarias no podrán sobrepasar los 30 kilogramos en el caso del erizo y los 20, en el de la ortiguilla. En el caso de capturar ambas especies en la misma jornada, las cantidades máximas se reducirán a la mitad.
El texto establece una talla mínima para la captura del erizo de mar de 45 milímetros de diámetro del dermoesqueleto, excluyendo las espinas. En el caso de la ortiguilla, el peso mínimo establecido es de 17 gramos de peso húmedo. La Consejería de Pesca ha establecido un período de veda para la captura de erizos de mar entre el 1 de mayo y el 31 de octubre. Las ortiguillas no se podrán recolectar entre los meses de enero y febrero.
La Consejería ha fijado en 60 el número máximo de licencias de marisqueo en inmersión para la captura de longueirón, con un máximo diario de 40 kilos.
Cabe recordar que tanto el longueirón como el erizo de mar y las ortiguillas son especies altamente valoradas en la gastronomía del litoral andaluz. Contribuyen, además, a la economía local con la creación de empleo para los mariscadores, y con su aportación particular a las empresas de restauración y de elaborados culinarios.